La nueva ley de ascensores, la normativa ITC AEM 1, regula la puesta en servicio, modificacLa nueva ley de ascensores, la normativa ITC AEM 1, regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, y el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente. Ha entrado en vigor el 1 de julio de 2024, pero ¿sabes cuáles son las novedades que trae?

En este artículo, te contamos cuáles son las principales obligaciones y cambios que introduce esta regulación que afecta tanto a instalaciones nuevas como a las que ya existen.

OBLIGACIONES PARA LOS PROPIETARIOS DE ASCENSORES, ES DECIR, LSA COMUNIDADES DE PROPIETARIOS

Estas son las nuevas obligaciones que deben cumplir los titulares y la empresa conservadora del ascensor.

Obligaciones de todos los propietarios de la comunidad

  • Servicio de mantenimiento. Únicamente se permitirá que el ascensor esté en uso si cuenta con un servicio de mantenimiento contratado.
  • Retirada del servicio. En caso de que el ascensor deje de reunir las debidas garantías de seguridad, el titular tiene la obligación de solicitar a la empresa conservadora la puesta fuera de servicio del ascensor.
  • Manual de funcionamiento. El titular del ascensor debe contar con el manual de funcionamiento del aparato.

Obligaciones de la empresa conservadora del ascensor

  • Seguro de responsabilidad civil. Las empresas conservadoras deben disponer de un seguro con una cobertura mínima de 600.000 € por siniestro.
  • Plan de mantenimiento. Cada ascensor debe contar con un plan de mantenimiento elaborado por la empresa conservadora.
  • Corrección de deficiencias. Garantizar, durante un periodo de dos años, la corrección de las deficiencias atribuidas a sus operaciones.

INSPECCIONES OBLIGATORIAS

En la nueva normativa, se establecen varias inspecciones que son obligatorias para garantizar el funcionamiento y la seguridad del ascensor

  • Es imprescindible antes de la puesta en marcha del ascensor contar con una inspección favorable de la instalación.
  • Al cambiar de conservadora, también es obligatorio realizar una inspección.

Además de estas, es necesario realizar inspecciones periódicas:

  • Cada 2 años. En los edificios de uso industrial y en lugares de pública concurrencia.
  • Cada 4 años. En los edificios de más de 20 viviendas o de más de 4 plantas.
  • Cada 6 años. En los ascensores que no estén incluidos en los casos anteriores.

LA CALIFICACIÓN DE LAS INSPECCIONES Y EL PLAZO DE SUBSANACIÓN

Al pasar por las diferentes inspecciones obligatorias, estos son los posibles resultados:

  • Favorable sin defectos.
  • Favorable con defectos leves. En este caso, los defectos deben corregirse en un plazo de 6 meses. Si se reiteran en la siguiente inspección cumplido el plazo, puede aplicarse una sanción.
  • Desfavorable con defectos graves. Dependiendo del tipo de corrección que sea necesaria, el plazo puede variar.
  • Desfavorable con defectos muy graves. En este caso, el ascensor será puesto directamente fuera de servicio.

CAMBIOS EN LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD

En lo que hace referencia a las medidas de seguridad que debe cumplir el ascensor con la nueva normativa, también hay cambios, concretamente seis.

Es necesario mejorar la nivelación de la cabina. Para proteger contra el cierre de puertas automáticas, hay que instalar una cortina fotoeléctrica. Y es obligatorio instalar comunicadores bidireccionales accesibles.

Además, para evitar los movimientos incontrolados de la cabina, hay que incorporar un dispositivo de seguridad. También es obligatorio cambiar el chasis y las guías si son de tipo cilíndrico, de rail o de madera. Por último, es necesario adaptar el contrapeso para que sea accesible en todo el recorrido.

¿Tienes alguna duda sobre esta nueva normativa que busca mejorar la seguridad y el mantenimiento de los ascensores? Cuenta con nosotros y nuestro servicio de gestión de comunidades.

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